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Justicia penal del siniestro vial
Dra. Tania Vidal, fiscal letrada de Atlántida (1.er turno), Fiscalía General de la Nación
Primer Encuentro Nacional de Inteligencia Vial, 10 de septiembre de 2025 · ver en el video

En una frase
En Uruguay no existe el delito de siniestro de tránsito. La Fiscalía interviene cuando hay personas lesionadas o fallecidas, e imputa lesiones u homicidio, casi siempre a título de culpa.
Qué planteó
Cuándo entra la Fiscalía
La fiscal, cuya jurisdicción cubre el eje de la ruta Interbalnearia de peaje a peaje, arrancó por aclarar un malentendido frecuente: un choque sin heridos no es un caso penal. La Fiscalía actúa cuando hay lesionados o muertos, y lo que imputa es la lesión o el homicidio que resultó del siniestro. En lesiones culposas, además, la víctima tiene seis meses para presentar la instancia; recién entonces la Fiscalía puede formalizar por esa vía.
Culpa y dolo eventual
La inmensa mayoría de los siniestros se imputa por culpa, tal como la define el artículo 18 del Código Penal: negligencia, impericia, imprudencia o violación de reglamentos. El dolo eventual es residual, y se reserva para quien asume el resultado como probable y sigue adelante. El ejemplo que puso la fiscal fueron las picadas. Como lo dijo ella, quien protagoniza un siniestro no sale a la calle queriendo matar ni lesionar a nadie.
Cuatro salidas después de la formalización
Formalizada la investigación, el caso puede terminar de cuatro maneras: la oportunidad arreglada del artículo 100 del Código del Proceso Penal, el proceso abreviado, un acuerdo reparatorio o el juicio oral y público. La fiscal se detuvo en el costo emocional que tiene para una víctima transitar un juicio oral, y compartió dos casos: uno en que se aplicó la oportunidad arreglada porque el responsable era íntimo del fallecido, y otro en que la familia no quiso ninguna responsabilidad penal. El proceso tiene una dimensión humana que no entra en el expediente.
Las faltas: el alcohol a 1,2 y las picadas
Por debajo de 1,2 gramos de alcohol por litro de sangre, manejar alcoholizado queda en sanción administrativa. A partir de ese umbral pasa al juez de faltas y puede llegar a la Fiscalía, con pena de 7 a 30 días de trabajo comunitario según la ley de faltas de 2013. Conducir al doble de la velocidad permitida, sin libreta o sin casco también son faltas. Y la picada, mientras no haya un resultado dañoso, es solo eso: una falta. Si hay lesionados o muertos, se imputa a título de dolo eventual.
La fiscal fue clara en que esa sanción le queda corta al fenómeno. Describió picadas organizadas por WhatsApp, con apuestas, venta de estupefacientes y vehículos preparados, y las calificó como un problema de seguridad pública antes que de tránsito.
La prueba: Policía Científica
Los ojos de la Fiscalía en un siniestro son los funcionarios técnicos y la policía. El peritaje de accidentología de la Dirección Nacional de Policía Científica es el que determina la causa eficiente del hecho, y con eso la Fiscalía imputa. La presentación siguiente, la de Policía Científica, cuenta cómo se hace ese peritaje.
Lo que la Fiscalía no hace: prevenir
Su trabajo empieza cuando el hecho ya ocurrió: investigar y, si corresponde, pedir la condena. La prevención es de otros actores del sistema vial. Lo dijo sin rodeos al cerrar, y es parte de la razón por la que el encuentro juntó a quienes están antes y después del siniestro.
Las cifras que dejó
- 1,2 g/Lumbral de alcohol en sangre a partir del cual la conducción pasa a ser falta, con 7 a 30 días de trabajo comunitario (Ley 19.120, de 2013).
- 0,0 g/Ltolerancia al alcohol para todos los conductores desde enero de 2017 (Ley 19.360); por debajo del umbral penal, cualquier presencia de alcohol es infracción administrativa.
- 6 mesesplazo de la víctima para presentar la instancia penal en lesiones culposas (artículo 91 del Código del Proceso Penal).
- 20 díasuna lesión es grave cuando inhabilita por más de 20 días o pone en peligro la vida; es el umbral que usan los forenses.
- 2017desde el 1.º de noviembre rige el Código del Proceso Penal con el que trabaja la fiscal.
Las cifras son del marco legal vigente en septiembre de 2025.
Lo que dijo, textual
«En nuestro país no tenemos el delito de siniestro de tránsito, sino que siempre vamos a estar imputando lesiones o, bueno, muertes, homicidios, siempre a título de culpa o de dolo.»
«Mis ojos en el siniestro de tránsito son los funcionarios técnicos y la policía.»
«Me parece que nos quedamos cortos con la sanción de una falta a una picada.»
Cómo se conecta con el resto del encuentro
El peritaje que describe Policía Científica es la prueba estructural del proceso que conduce la Fiscalía: las dos presentaciones, leídas juntas, muestran cómo un siniestro se vuelve un expediente. Y la advertencia de la fiscal sobre las picadas dialoga con los datos de UNASEV sobre velocidad y motociclistas.
Ver la presentación
Primer Encuentro Nacional de Inteligencia Vial · 10 de septiembre de 2025▶ Ver el video del encuentroEl video completo del encuentro, con las preguntas del público al final.
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